La justicia exime a un hotel de Salou tras la demanda de un turista ebrio

El Tribunal Judicial de Lyon rechaza la indemnización solicitada por un joven francés, que en 2011 se precipitó desde un quinto piso

15 septiembre 2020 15:24 | Actualizado a 16 septiembre 2020 17:02
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La justicia francesa, mediante una sentencia emitida por el Tribunal Judicial de Lyon, decidió desestimar el pasado mes de agosto la demanda de un joven que en 2011 se precipitó en estado ebrio desde un quinto piso en la parte interior del hotel  Negresco de Salou. 

La sentencia, dada a conocer hace unos días por elDiario.es, arroja luz respecto a si los operadores turísticos que ofrecen barra libre deben responder por los infortunios de sus clientes en estado de intoxicación etílica. En la misma se subraya que son estos operadores los que deben responder de la seguridad de los turistas, pero esto no ocurre si se prueba que la culpa en caso de accidente es exclusiva de la víctima. «No racionalizó su consumo de alcohol ni controló su comportamiento, siendo esta la causa exclusiva del accidente», recalca la resolución.

Los magistrados franceses señalan que no cabe reprochar falta de vigilancia por parte del personal del bar o del hotel. «El propio joven declaró a la policía que había contratado el viaje para aprovechar la barra libre», señalaban.

De esta forma, la sentencia desestima así la demanda de Allan R. P. y de la mutua y, además, condena al joven a pagar 1.500 euros al touroperador y otros mil al hotel por los gastos ocasionados como consecuencia del siniestro.

En la demanda interpuesta por el joven, que en aquella época tenía 19 años, se reclamaba una indemnización de 67.000 euros por los perjuicios sufridos como consecuencia del siniestro, entre los que incluía las secuelas temporales y las definitivas que a nivel estético le provocó la caída. También reclamaba 10.000 euros por daños morales a familiares, además de 1.500 euros en concepto de gastos. La mutua sanitaria que le atendió solicitó 42.700 euros. 

A su vez, la agencia de viajes  Lycom Voyages (con sede en Lyon), sin perjuicio de negar su responsabilidad, decidió llamar a juicio a la sociedad Mado, propietaria del hotel salouense. Señalaba que, de ser considerada responsable, la empresa que debía ser condenada a raíz del accidente era esta última entidad.
El fallo desestimaba así todas las pretensiones del demandante. Para ello, la resolución asevera de forma concluyente que el hecho de que un ‘open bar’ esté a disposición de los clientes «no les obliga a consumir un máximo de alcohol para rentabilizar el precio del servicio» con el pretexto de su gratuidad, «del mismo modo que el ‘open food’ no les obliga a comer hasta caer enfermos». 

Los hechos

Fue el 28 de abril de 2011 cuando el joven, que había contratado a través de la agencia Lycom Voyages un viaje de tipo ‘spring break’ junto con otras 460 personas, había estado bebiendo alcohol por la mañana en el bar del establecimiento. Tras regresar a su habitación, volvió a quedar con sus amigos y al salir de su cuarto, perdió el equilibrio y cayó por el hueco de la escalera, siendo trasladado de urgencia al Hospital Joan XXIII, donde ingresó en estado grave.

La empresa propietaria del hotel aseguró que el camarero que estaba en el bar aquella mañana  se negó a servir más alcohol a Allan, expulsándole más tarde, no sin antes ofrecerle un café que el joven rechazó. Otro empleado del hotel, además, vio al joven encaramarse a la barandilla de forma peligrosa. Durante el juicio, incluso uno de sus amigos afirmó que el demandante había consumido no sólo alcohol sino también drogas. 

Aunque un informe pericial no pudo establecer si el demandante había consumido alcohol o drogas -por lo que no se podía descartar una caída por descuido-, el demandante reconoció durante el juicio, celebrado en abril, que había ingerido alcohol aprovechando la barra libre. 

Fuentes de la cadena hotelera Best Hotels declinaron hacer declaraciones sobre la sentrencia judicial francesa.

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