La terraza del restaurante del Club Marítim d'Altafulla es ilegal y debe cerrarse

La empresa explotadora del espacio Maritime Beach Club presenta un proyecto para regular la actividad, pero el Ayuntamiento ha ordenado la prohibición de las actividades y ha abierto expediente. Las fiestas del fin de semana con exceso de aforo y sin seguridad sanitaria han motivado esta resolución

10 julio 2020 15:27 | Actualizado a 13 julio 2020 09:17
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El Ayuntamiento de Altafulla ha abierto un expediente informativo al establecimiento ‘Maritime Beach Club’, situado a la terraza de la planta de la cubierta del Club Marítim d' Altafulla, por incumplir presuntamente la Ley 11/2009, del 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y las actividades recreativas.

Los hechos se remontan a los pasados días 4 y 5 de julio de 2020 cuando la Policía Local d'Altafulla emitió dos informes donde se manifiesta “la existencia de personas bailando y consumiendo bebidas a la terraza de la planta cubierta del Club Marítim d'Altafulla, entre las 3 y las 4 de la madrugada. Concretamente, el día 4 de julio de 2020 entre las 03:30 y las 04:00 h los agentes desplazados contabilizan 162 personas saliente del local y provenientes de la terraza superior donde había música y personas bailando”.

Con fecha 8 de julio de 2020, el Club Marítim d'Altafulla presenta el “Proyecto técnico de legalización de la actividad de un establecimiento destinado a restaurante, club social y deportivo”, y una vez analizada, el Ayuntamiento constata que no puede existir, ni realizarse ningún tipo de actividad en la terraza de la planta cubierta para estar considerada sin uso ni ocupación al proyecto de legalización recibido por este Ayuntamiento.

De acuerdo con esto, la empresa explotadora del servicio de restaurante, tampoco podrá realizar en esta terraza, espectáculos o actividades recreativas de carácter extraordinario, según el Decreto 112/2010, de 31 de agosto.

El proyecto presentado no justifica en ningún momento el cumplimiento de las condiciones exigibles considerando la terraza de la cubierta del edificio (un espacio de ocupación nula y sin uso).

Por todos estos motivos, el Ayuntamiento de Altafulla ha trasladado esta información en la Generalitat para que actúe en consecuencia en los hechos producidos por el establecimiento mencionado.

 

 

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