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    Ingresa en prisión tras su octava condena por circular sin carnet en Salou

    El juez le ha impuesto ocho meses de cárcel, pena que tendrá que cumplir entre rejas

    08 diciembre 2022 17:46 | Actualizado a 09 diciembre 2022 07:00
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    Hasta en ocho ocasiones los tribunales de Tarragona han condenado a un ciudadano argentino por conducir un vehículo a pesar de no haber obtenido nunca el carnet.

    Ahora, el juez, a la vista que las sanciones de multa no han surgido efecto, ha tomado una decisión drástica: ocho meses de prisión. Y la pena la tendrá que cumplir entre rejas.

    La última sentencia contra este hombre de 45 años fue dictada por el Juzgado de lo Penal 3 de Tarragona y ratificada parcialmente ahora por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona.

    Corresponde a unos hechos ocurridos a las ocho de la tarde del 23 de noviembre de 2020. El acusado circulaba al volante de un Peugeot 207 por la avenida Pau Casals de Salou.

    Y ello a pesar de no haber obtenido nunca el permiso o licencia de conducir. El Juzgado también decretó el decomiso del vehículo que utilizaba, aunque esta medida la ha anulado la Audiencia Provincial.

    En su recurso de apelación, el procesado no negaba que estuviera conduciendo el vehículo pero apuntaba que no había quedado acreditado que no hubiera obtenido el permiso de conducción en su país (Argentina), una circunstancia, decía, que tenía que probar la acusación. El acusado dijo que sí tiene pero que no puede ir a su país porque tiene el pasaporte retirado desde noviembre de 2016

    Subsidiariamente, cuestionaba la imposición de la pena de prisión en lugar de una multa, entendiendo la defensa que no es motivo suficiente aludir únicamente a los antecedentes penales, como hace el juez. Y por ello solicitaba una pena de multa baja o bien trabajos en beneficio de la comunidad. También pedía que se dejara sin efecto el comiso del vehículo.

    Sentencia de apelación

    La Audiencia Provincial, en la sentencia de apelación, recuerda que la acusación ha probado que el encausado no tiene permiso de conducir español, ni consta que lo haya tenido nunca. Y además apunta que tiene siete condenas anteriores por este delito, algunas de ellas de conformidad.

    Los magistrados indican que de las siete condenas anteriores, en cinco se le ha impuesto pena de multa, en una trabajos en beneficio de la comunidad y en otra cinco meses de prisión que se dejó en suspenso si no volvía a delinquir.

    Pero todo ello, aseguran los magistrados, «se ha mostrado absolutamente ineficaz en su función de prevención especial, ya que el recurrente de nuevo no ha ajustado su comportamiento a su necesaria sujeción a la norma. Añaden que las penas menos gravosas no ha disuadido al acusado.

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