El corte de la autopista AP-7 durante 15 horas en L’Ampolla por los CDR no fue delito

Ocurrió el 8 de diciembre del año pasado. Los magistrados de la Audiencia Provincial, al igual que la juez instructora, recuerdan que no hubo una actitud violenta de los manifestantes

03 noviembre 2019 10:30 | Actualizado a 06 noviembre 2019 10:33
Se lee en minutos
Participa:
Para guardar el artículo tienes que navegar logueado/a. Puedes iniciar sesión en este enlace.
Comparte en:

El corte durante quince horas de la autopista AP-7 el año pasado a la altura de L’Ampolla no tendrá castigo penal. Tanto el Juzgado de Instrucción de Tortosa como ahora la Audiencia Provincial de Tarragona han considerado que los participantes en aquella concentración no cometieron ningún delito. Y ello en base a dos hechos significativos. Por una parte, no hubo la quema de neumáticos, sino una pequeña hoguera para calentarse –eran las ocho de la mañana de un 8 de diciembre–. Y por otra no se arrancó la bionda –la valla de protección–, sino que se desmontó.

Todo ello, unido a la falta de violencia, lleva a los magistrados a considerar que no hubo ningún ilícito penal. Así se recoge en un auto de cinco folios de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona, al que ha tenido acceso el Diari.

El corte de la autopista se produjo a las siete de la mañana del 8 de diciembre, en plena fiesta de la Inmaculada. La acción fue llevada a cabo por miembros de los Comitès en Defensa de la República (CDRs). Después de la asamblea, decidieron mantener el corte de forma indefinida, aunque finalmente sobre las diez de la noche abandonaron el punto.

Los manifestantes también hicieron un llamamiento a que se repitieran las protestas en otros puntos de Catalunya porque «la chispa» iniciada en las Terres de l’Ebre se hicieron extensiva. La acción se llevaba a cabo para reclamar la liberación de los presos y por la implementación de la república.

Durante la protesta se vivieron momentos de tensión entre un grupo de los CDRs y los conductores parados. Entre ellos, un autobús del equipo de fútbol del Villareal que tenía que jugar un partido benéfico por el cáncer y que agentes de los Mossos pidieron al colectivo que dejaran avanzar.

Mercancías peligrosas

Un camión de mercancías peligrosas se saltó los controles de los Mossos y circuló hasta pocos metros del punto donde los miembros de los CDR tenían cortada la AP-7 con neumáticos y ramas de árboles. De hecho, los guarda-raíles situados en la calzada en sentido sur impidieron que el vehículo pesado siguiera circulando y se saltase el corte. El camión quedó atrapado y los manifestantes, ubicados al otro lado de la vía, lo hicieron retroceder.

Antes de este incidente, que no provocó ni daños ni heridos, se vivieron momentos de tensión entre los manifestantes y los conductores parados. Ambos grupos se abuchearon y realizaron reproches mientras unos y otros retiraban y ponían ramas de árboles con el fin de delimitar con una barrera el área de protesta.

El atestado de los Mossos d’Esquadra dio lugar a que el Juzgado de Instrucción número 5 de Tortosa abriera diligencias previas, en las que estaba personada la concesionaria Autopista Aumar SAU en calidad de perjudicada. El pasado 13 de junio, el Juzgado dispuso el sobreseimiento provisional de las actuaciones al no quedar acreditada la perpetración de un delito. Ante esta decisión, la concesionaria presentó un recurso de reforma ante el mismo Juzgado –y subsidiario de apelación ante la Audiencia–, que fue desestimado el 8 de julio. Dicho recurso fue impugnado por el fiscal, quien consideraba que tampoco había delito.

El auto de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial reafirma la decisión tomada por la juez instructora, que era que los hechos no constituían un delito contra el orden público. Y ello en base a que se construyó una barrera de vidrios, piedras, neumáticos y ramas de árboles, a las que se prendió fuego. Asimismo, los intervinientes arrancaron las biondas de la autopista y las colocaron en la mitad de la vía, decía la juez.

«No se quemaron neumáticos»

Pero los magistrados de la Audiencia, a la vista del «amplísimo» atestado instruido por los Mossos d’Esquadra, detectaban la inexistencia de algunas de las afirmaciones que apuntaba la juez instructora. «No constatamos que se hubiera producido ese fuego con neumáticos y otros elementos, y tan solo se ha constatado una pequeña fogata con unas cuantas ramas, parece ser fuera de los carriles de circulación, a la vista de la proximidad de los arbustos que allí se aprecian, fogata que fue para calentarse algunos de los allí concentrados y que a lo sumo habría afectado a un metro cuadrado de asfalto, por lo tanto sin tener una intención dolosa».

La Sala tampoco está de acuerdo con la juez en que los concentrados «arrancaranH las biondas de la carretera. Se basan en la definición que de dicho verbo hace la Real Academia de la Lengua Española: «Sacar una cosa que está metida o insertada en otra tirando con fuerza de ella hasta que salga de raíz». Sin embargo, se constata en base a las diligencias policiales, en las que existen diversas fotografías, que los allí concentrados no procedieron a arrancar, sino a desmontar las biondas, para lo cual desatornillaron los tornillos que las sujetaban.

Todo ello viene a confirmar, a juicio de los magistrados, la no actuación violenta de las personas que procedieron a realizar la actuación reivindicativa. «No se aprecia, pues, ni actitud violenta en los mismos, ni tampoco ese ánimo de dañar» que pretende la concesionaria.

Con la decisión de la Audiencia Provincial, el archivo del caso pasa a ser firme.

Comentarios
Multimedia Diari