El Govern retira el concierto a tres colegios de Tarragona que segregan por sexo

Se trata del Campjoliu (L’Arboç), Aura (Reus) y el Turó (Constantí). Llevarán a los tribunales a la Generalitat «para defender el derecho de las familias a elegir la escuela de sus hijos»

24 mayo 2020 08:40 | Actualizado a 24 mayo 2020 15:43
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La amenaza que se cernía sobre los doce colegios concertados que aún separan a niños y niñas en Catalunya ya es una realidad. El Diario Oficial de la Generalitat publicó ayer que el Govern no les renovará el concierto educativo porque «no cumplen el principio de coeducación por medio de la escolarización mixta, que ha de ser objeto de atención preferente». La consecuencia será que los padres tendrán que pagar más si quieren seguir manteniendo a sus hijos en los mismos centros.

La medida afecta en Tarragona a las escuelas Aura (chicas) y Turó (chicos). Dependen de la Institució Tarragona, cuyo director es Gerardo Meneses. El Aura está en Reus y el Turó en Constantí. También se queda sin concierto Esc. Fam. Agr. Campjoliu, en L’Arboç.

Los otros centros catalanes afectados, la mayoría pertenecientes a instituciones de carácter religioso, son los colegios Canigó, Bell-lloc del Pla, Les Alzines, Pineda, Xaloc, Institució Lleida, La Vall, La Farga y Viaró.

Escolarización mixta

Para retirar el concierto a los centros que segregan por sexo, Educació aplica el artículo 43.1.d de la Llei d’Educació de Catalunya. Según este artículo, los centros deben cumplir el principio de coeducación por medio de la escolarización mixta, que ha de ser objeto de atención preferente, señala la resolución.

Para Meneses, sin embargo, «el actual marco jurídico ampara nuestro modelo educativo y los tribunales han ratificado la plena legalidad de la educación diferenciada y el derecho de las escuelas a recibir financiación pública como cualquier otro centro educativo. Todas nuestras escuelas cumplen los requisitos legales, del mismo modo que lo hacían en anteriores renovaciones. No hay ninguna normativa nueva en la que puedan ampararse para afirmar ahora que no cumplimos los requisitos».

El máximo responsable de la Institució Tarragona advierte que «tomaremos las acciones legales oportunas para defender el derecho de las familias a elegir la escuela de sus hijos en condiciones de igualdad, y tenemos la certeza que esta renovación se resolverá favorablemente a los tribunales».

«El concierto educativo de las escuelas es un derecho de las familias que siempre defenderemos con firmeza, como hemos hecho hasta ahora», dice Meneses.

Cuestión de plazos

Educació también apela al artículo 84.3 de la Ley orgánica 2/2006 de Educació, que dispone que los centros que segregan por sexo deben exponer en su proyecto las razones educativas de la elección de este sistema y las medidas académicas que desarrollar para favorecer la igualdad.

Según consta en la resolución del DOGC, el pasado 3 de marzo Educació requirió a los colegios afectados con la retirada del concierto que en el plazo de diez días presentasen su proyecto educativo de centro y justificaran la segregación por sexos. Con la entrada en vigor del estado de alarma, los plazos administrativos quedaron suspendidos antes de la finalización del plazo de los 10 días para aportar la documentación solicitada, admite la resolución.

Por ello, Educació concluye que dado que «no se ha podido acreditar el cumplimiento de las razones educativas de la elección de un modelo de escolarización diferenciada por sexos, ni la adopción de medidas académicas necesarias para garantizar que esta organización diferenciada no constituya un impedimento a la igualdad, no se puede aprobar la renovación del concierto».

Meneses replica que «la Conselleria ha ignorado la documentación que el colegio presentó dentro del plazo previsto. Esta prórroga incluida en la resolución es una nueva muestra del ‘estilo” del Departament para justificar una decisión que no se sustenta en el marco normativo vigente».

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