Las dudas que plantean los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE)

459.182 personas se encuentran temporalmente en situación de desempleo en Catalunya afectadas por un ERTE. En esta guía se resuelven algunas de las dudas que se pueden plantear

30 marzo 2020 12:52 | Actualizado a 30 marzo 2020 13:05
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Des de que el Covid-19 desembarcó en territorio europeo, el contexto económico ha dado un vuelco que no se veía des de el primer impacto de la crisis financiera del 2008. Vemos que des de el inicio del confinamiento decretado por las autoridades sanitarias, que gran parte del sector privado se ha visto afectado, y detrás de él miles de empleados que se encuentran, por el momento, en situación de desempleo temporal. Por poner datos sobre la mesa, en esta última semana en lunes ya se habían registrado 26.290 ERTE en Catalunya des de el inicio de la crisis del coronavirus. En miércoles esta cifra aumentó a 41.555 ERTE, con un aumento de 15.265 expedientes de tipo temporal y el viernes la cifra llegó hasta los 58.843 expedientes. En la demarcación de Tarragona había registrados 3.199 ERTE el lunes, 4.916 el miércoles y 6.662 el viernes, con un aumento de 3.463 expedientes en únicamente cinco días.

Por cantidad de trabajadores afectados, es decir los empleados que hay detrás de los ERTE, las cifras son todavía más destacables. El lunes había 244.260 trabajadores afectados en toda Catalunya des de el inicio de la crisis, el miércoles esta cifra se disparó hasta los 342.602, es decir que en dos días casi 100.000 personas perdieron sus puestos de empleo, y el viernes ya había 459.182 personas en situación de desempleo bajo el supuesto que solo de forma temporal. En la demarcación de Tarragona el lunes había 19.279 personas desempleadas a causa del impacto económico del coronavirus, el miércoles 27.818 y 37.890 el viernes. La cifra de afectados se ha duplicado a lo largo de esta semana.

Frente a la perspectiva que el estado de alarma se vaya a prolongar como mínimo hasta después de la Semana Santa el número de ERTE y de personas afectadas por esta medida seguirá aumentando, aunque no está claro de que forma. 

Adaptarse a la nueva situación aplicando en los casos que sea posible el teletrabajo y ventas online pueden ser paliativos para reducir la afectación de la situación actual ya que el parón productivo afecta principalmente a pymes que tengan dificultades para readaptar su producción y comercialización a este contexto.

Así pues, un gran número de preguntas se plantean en este contexto de incertidumbre para aquellos afectados por la situación. El Diari ha trabajado en esta línea para ayudar a encontrar solución a algunas de estas preguntas y ha contactado con Núria Gilgado, secretària de Política Sindical de la UGT de Catalunya,  para resolverlas.

¿Qué es un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE)?
Un ERTE es una autorización temporal para empresas del sector privado. Mediante esta medida, la compañía puede suspender uno o varios contratos laborales durante un período de tiempo determinado. Durante el período que el contrato esté suspendido los empleados no reciben retribución por parte de la empresa pero siguen vinculados a ella, tampoco se generan derechos a pagas extra ni vacaciones durante el tiempo de suspensión de las funciones laborales. El ERTE se contempla en el Artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores y se toma como media excepcional para las empresas para salvar situaciones de parón productivo durante más de un día.

¿Cuál es el alcance de la situación actual?
Según un informe de Pimec, el 90% de las pymes y autónomos de Cataluña está sufriendo algún tipo de afectación a causa de la emergencia sanitaria, en la demarcación de Tarragona identifican que esta cifra alcanzará hasta el 84% del tejido empresarial. También destacan que aproximadamente un 55% de las empresas  afectadas realizará un Expediente de Regulación Temporal de Empleo durante este período. Des de la Càtedra per al Foment de la Innovació Empresarial, Mercedes Teruel, la directora de esta, identifica que las comarcas de la demarcación de Tarragona serán las más afectadas a causa que su estructura productiva está directamente ligada a la logística y el turismo, dos de los sectores que se ven más afectados por la situación actual.

¿Qué empresas pueden realizar un ERTE?
En el contexto actual, dominado por la situación de confinamiento a causa de la emergencia sanitaria el Gobierno ha apuntado que únicamente se van a permitir ERTE a empresas vinculadas a sectores afectados por la declaración del estado de alarma y por tanto, también por el confinamiento de la población.

¿Cuánto se tarda en aprobar un ERTE y cuánto puede durar?
Tras las últimas reformas realizadas por el Gobierno Central, los ERTE se pueden aprobar en 5 días. En cuanto a su duración, cuando se tramita un expediente es necesario delimitar una fecha de finalización de este. En el caso de los ERTE por fuerza mayor, la medida estará vigente mientras se mantengan las circuncstancias del estado de alarma decretado.

¿Qué se considera fuerza mayor al momento de aplicar un ERTE?
Se consideran motivos de fuerza mayor las situaciones que contempla el Anexo del Real Decreto 463/2020 del 14 de marzo, que derivan de las medidas gubernamentales y sanitarias decretadas y afectan bares, restaurantes, museos, cines y otros servicios. También las situaciones de emergencia o extraordinarias que se desarrollen a partir del contagio o confinamiento de la plantilla, como por ejemplo aquellas empresas y centros de trabajo con trabajadores ausentes a causa del coronavirus que impide el normal desarrollo de la actividad. Finalmente también se contempla fuerza mayor la falta de suministros que impida el desarrollo de la actividad.

¿Qué trámites deben realizar las personas afectadas?
Las personas afectadas por un ERTE motivado por la situación actual, es decir por la emergencia sanitaria, no tienen que realizar ningún trámite para cobrar la prestación por desempleo, ya que es la propia empresa la que gestiona la situación.

¿Está actuando el Gobierno para ayudar a las personas desempleadas?
Sí. En las últimas dos semanas el Gobierno central, así como las administraciones de las comunidades autónomas han aprobado una serie de medidas para frenar el impacto de la crisis económica que ha causada la llegada del Covid-19. Para los trabajadores que han quedado en situación de desempleo afectados por un ERTE se encuentran algunas, por ejemplo todos los afectados podrán cobrar el subsidio por desempleo independientemente que hayan cotizado, o no, el periodo mínimo para ello y además no se tendrá en cuenta el cobro de la prestación por desempleo para el cálculo de posibles prestaciones futuras.

¿Cuál será el valor del subsidio por desempleo?
La prestación por desempleo será el 70% de la base reguladora con mejoras de esta cantidad en caso de tener hijos menores de edad a cargo, este 70% está vigente durante los cinco primeros meses que se reciba el subsidio, a partir del sexto la prestación será el 50% de la base reguladora. Hay tres máximos de cobro: 1.411,83 euros brutos para trabajadores con dos o más hijos, 1.254,96 euros brutos para trabajadores con un solo hijo y 1.098,09 euros brutos para los trabajadores sin hijos que hayan perdido su empleo. 

¿Pueden perder su  puesto de trabajo las personas afectadas?
No. Los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo no son una vía por la que la empresa pueda destruir ocupación ni puestos de trabajo a la larga. El ERTE es una medida de carácter temporal pensada para evitar despidos definitivos que puede adaptarse cuando existen causas debidamente justificadas, ya sea suspendiendo temporalmente los contratos de trabajo o reduciendo la jornada laboral estipulada previamente.

¿Puede la empresa obligar al trabajador acoger vacaciones?
No. Los días de no comparecencia al lugar de trabajo a causa de la crisis sanitaria no se pueden compensar con días de vacaciones. UGT Catalunya considera que las medidas de flexibilidad interna son el paso previo a cualquier otra medida. Estas medidas deben ser pactadas entre la empresa y la representación obrera y pueden abarcar situaciones tan amplias como por ejemplo ajustes de producción, bolsas horarias para flexibilizar el empleo a las necesidades productivas, adaptaciones del calendario laboral, reprogramación de actividades productivas y la reducción de la jornada laboral, entre otros.

¿Qué pasa con ls fijos discontinuos?
Las personas empleadas que estén bajo la condición de fijos discontinuos en empresas o centros de trabajo que hayan realizado un ERTE a causa de la emergencia sanitaria deben de quedar incluidas dentro de este expediente de empleo con las mismas condiciones que el resto de la plantilla y poder, así, ser receptor de las medidas extraordinarias aprobadas por el Gobierno. UGT Catalunya considera que muchas empresas no están realizando la llamada al personal que debería de incorporarse en estas fechas, motivo por el cual este seguirá en situación de desocupación sin que le sean aplicadas las condiciones del Real Decreto 8/2020 de medidas extraordinarias para hacer frente al impacto socieconómico del Covid-19. 

¿Se puede despedir personal por otras vías?
El Gobierno prohibió el pasado viernes por ley los despidos por fuerza mayor y por causas económicas, organizativas, técnicas y de producción. Esta prohibición se implanta porque las empresas ya han sido dotadas de otra herramienta excepcional, los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) para realizar los ajustes temporales pertinentes durante el desarrollo del estado de alarma sin destruir puestos de trabajo a la larga. 

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