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    Guía para reducir la factura fiscal con Hacienda

    Hasta final de año es factible para el contribuyente trazar un plan financiero y fiscal acorde a sus circunstancias que le permita sacar el mayor partido a su dinero

    04 diciembre 2022 11:53 | Actualizado a 04 diciembre 2022 11:54
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    El tiempo corre y apenas quedan cinco meses para la nueva campaña de la declaración de la Renta que realizaremos entre abril y junio de 2023. Una cita con Hacienda que estará marcada por el notable impacto de la inflación sobre el IRPF, pues al no actualizarse la tarifa en el tramo estatal –algunas comunidades como Madrid, Galicia o Andalucía sí lo harán en el autonómico–, habrá contribuyentes a los que les suban sueldos o pensiones que acabarán pagando más que el año anterior.

    Pero que no cunda el pánico. Los españoles aún están a tiempo de aprovechar ciertos trucos legales para minimizar su factura fiscal. «De aquí a final de año conviene hacer una radiografía de nuestras finanzas y trazar un plan financiero y fiscal que tenga en cuenta nuestras circunstancias personales y nuestros objetivos, para poder sacar el mayor partido a nuestro dinero», indican los analistas de Abante.

    Vivienda habitual

    La vivienda es uno de los bienes que pueden utilizar algunos contribuyentes para reducir su factura fiscal. Desde el Instituto BBVA de Pensiones recuerdan que si alguien compró su casa antes de 2013 –o si pagó para su construcción, rehabilitación o ampliación, siempre que las obras acabasen antes de 2017– se podrá desgravar el 15% del dinero aportado durante el ejercicio, siempre sobre una base máxima de 9.040 euros. «Así, el máximo que se podrá deducir son 1.356 euros», indican. «Si el importe de nuestra hipoteca es inferior a esos 9.040 euros y no tenemos comisión de cancelación anticipada, deberíamos valorar si nos interesa amortizar anticipadamente parte de la hipoteca para llegar a ese límite y poder deducirnos sobre el máximo», añaden en Abante. Por ejemplo, una persona cuya cuota íntegra ascienda a 20.000 euros y que ya haya pagado 5.000 euros este año, la deducción que se puede aplicar es de 750 euros. Si opta por amortizar anticipadamente 4.040 euros para tener la deducción máxima, su cuota líquida se reduciría en 606 euros (4.040*15%) y la deducción máxima anual sería de 1.356 euros (9.040*15%).

    Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha)también recuerdan la obligación de tributar a quienes hayan vendido su casa este año, salvo los mayores de 65, que están exentos. El tipo estará entre el 19% y el nuevo tipo del 26% para rentas de ahorro y ganancias superiores a 200.000 euros que entró en vigor en 2021. No obstante, si se reinvierten total o parcialmente las ganancias de la venta en otra vivienda habitual, será posible neutralizar este pago.

    Ahorro energético

    El Gobierno amplió hasta finales de 2023 las deducciones por obras que mejoren la eficiencia energética de las viviendas. Desde el Instituto Santalucía recuerdan que «habrá deducciones de un 20% sobre el coste total de la obra, con un límite de hasta 5.000 euros si se reduce al menos un 7% del consumo energético». La rebaja puede subir al 40% (7.500 euros anuales) si las obras disminuyen el consumo de energía primaria que no sea renovable en, al menos, un 30%. Y se puede llegar al 60% (5.000 euros anuales) en el caso de rehabilitación de edificios residenciales con una reducción del 30% del consumo energético.

    Alquiler e IBI

    Los economistas del REAF-CGE recuerdan también que, si alguien tiene alquilado un inmueble que constituye la vivienda habitual del inquilino, podrá aplicarse una reducción del rendimiento neto del 60%. «Hay que tener en cuenta que si finalmente se aprueba la Ley de Vivienda el año que viene, esa reducción cambiará en algunos supuestos», matizan. En concreto, la idea es que ese 60% se recorte al 50% en los casos generales. Pero se podrá optar a una rebaja del 90% si la vivienda está ubicada en una zona tensionada y se abarata el precio del alquiler en al menos un 5%.

    La reducción será del 70% para los que alquilen el piso a jóvenes de hasta 35 años. «Por tanto, tal vez le convenga esperar a la entrada en vigor de esta norma y alquilar la casa a personas jóvenes, o bien rebajar el precio a su actual inquilino cuando termine el contrato y haya que firmar uno nuevo», indican los economistas.

    En materia de vivienda, desde la OCU también recuerdan a los propietarios que algunas comunidades bonifican el IBI en determinados casos. Por ejemplo, en Madrid pueden llegar al 90% en algunos casos de familias numerosas.

    De pérdidas a ganancias

    Los inversores en Bolsa y renta fija han sufrido este año grandes disgustos en forma de sonadas pérdidas en los mercados financieros. Por eso, los técnicos de Hacienda recuerdan que esos números rojos se pueden compensar con las ganancias patrimoniales obtenidas, o bien utilizar esas pérdidas para equilibrar, por ejemplo, rendimientos de capital mobiliario positivos.

    La planificación también es clave en la venta de acciones. Y es que, según recuerdan desde Gestha, «los contribuyentes que prevean que sus rendimientos netos del trabajo serán inferiores a 16.825 euros deben vigilar, en la medida de lo posible, que no haya rentas de otro tipo, como por ejemplo ganancias patrimoniales por venta de acciones o rentas por alquileres de inmuebles, superiores a 6.500 euros».

    El problema es que, en esos casos, perderían una reducción de rendimientos del trabajo que puede llegar hasta los 5.565 euros, según sus cálculos. «Esto afecta también a la venta de acciones, que pueden obligar a hacer la declaración a quien en teoría está exento: los que ingresen menos de 14.000 euros con varios pagadores, o hasta 22.000 euros con un solo pagador», insisten.

    Madres en paro

    Si es madre de un niño o niña menor de 3 años y actualmente no trabaja por cuenta propia ni ajena, y percibe prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo, tenga en cuenta que, a partir del año que viene, podrá aplicar la deducción por maternidad, según se prevé en los Presupuestos Generales del Estado para 2023. Hasta 2022 inclusive se exige, para poder aplicar la deducción, que la mujer realice de manera efectiva una actividad por cuenta propia o ajena.

    Inversión en ‘startups’

    La innovación también esconde premio fiscal, con una deducción del 30%, para aquellos que suscriban acciones o participaciones en empresas de nueva creación (startups). La ley de fomento de las empresas emergentes aprobada esta misma semana en el Congreso prevé la mejora de esta deducción. En concreto, el porcentaje de deducción se incrementará hasta el 50%, y la base máxima se elevará hasta 100.000 euros, desde los 60.000 actuales. «Por tanto, conviene valorar la posibilidad de invertir en una empresa emergente en 2023 para disfrutar de esta mayor deducción», indican desde el Colegio General de Economistas.

    Arte y libros

    Si usted elabora obras literarias, artísticas o científicas, sepa que para 2023 el porcentaje de retención del 15% sobre sus rendimientos del trabajo se reducirá al 7% cuando el volumen de tales rendimientos sea inferior a 15.000 euros y represente más del 75% de la suma de todos los rendimientos obtenidos por el contribuyente. Por tanto, si cumple esos requisitos, le interesará retrasar ingresos a 2023 para que le apliquen una menor retención.

    Cheques comida

    Obtener parte de su retribución como salario en especie también es una buena manera de ahorrar impuestos. Algunas retribuciones como los seguros sanitarios para el trabajador, su cónyuge y sus hijos, los vales de comida, los cheques de transporte y guardería, están exentas de pagar IRPF.

    Donativos

    Todavía está a tiempo de destinar dinero a una fundación, ONG o cualquier otra entidad incluida en la Ley de Incentivos al Mecenazgo. Esta acción le permitirá, de cara a la renta 2022, deducciones de hasta el 80% de los primeros 150 euros donados. Lo que exceda de esa cantidad deducirá un 35% o un 40% si el donativo es plurianual.

    Trabajo en el extranjero

    Los técnicos de Hacienda también recuerdan que los rendimientos que se han obtenido por los trabajos realizados para empresas radicadas en el extranjero están exentos de tributación, con un límite máximo de 60.100 euros anuales en el territorio común.

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