El Gobierno quería otra vez un acuerdo con los agentes sociales y al final lo ha conseguido. A partir de octubre desaparecen los ERTE de rebrote que estaban vigentes desde julio y se distinguen ahora tres tipos, todos con unas exoneraciones en las cuotas de la Seguridad Social que oscilan entre el 70% y el 100%.
ERTE para los sectores más afectados por la pandemia
Se prorrogan automáticamente todos los ERTE de fuerza mayor vigentes pero sólo para empresas de determinados sectores, aquellos donde la recuperación de la actividad haya sido inferior al 65% y tengan más del 15% de los trabajadores en ERTE. Están relacionados, fundamentalmente, con el turismo (hoteles y otros alojamientos, agencias de viaje, organización de convenciones y ferias), el transporte (taxis, alquiler de automóviles, transporte aéreo, marítimo y espacial), el ocio (salas de espectáculos, cines, actividades recreativas, parques de atracciones, alquiler de cintas de vídeo), pero también abarca a las artes gráficas, la edición de periódicos, la fabricación de joyas, alfombras o equipos fotográficos y ópticos, el comercio de ordenadores, y la fabricación de explosivos. Además, estos ERTE por fueza mayor se extenderán a las compañías que acrediten que al menos un 50% de su facturación depende de las actividades más afectadas por la pandemia. Las exoneraciones serán del 85% para las empresas con menos de 50 empleados, y del 75% para las más grandes, tanto para los trabajadores suspendidos como para los que se reincorporen a sus puestos. Se mantendrán las exoneraciones en caso de que estas empresas pasen de un ERTE de fuerza mayor a un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
ERTE por cierre
Las empresas que tengan que cerrar alguno de sus centros de trabajo como consecuencia de las medidas sanitarias impuestas por las autoridades españolas o extranjeras podrán solicitar un ERTE por impedimento, que sustituye a los de rebrote. Tendrán una rebaja en sus cotizaciones durante el periodo de cierre, y como máximo hasta el 31 de enero, que será del 100% para las más pequeñas y del 90% si tienen 50 trabajadores o más.
ERTE por limitaciones
Se trata de una nueva modalidad de ERTE creada para aquellas compañías que vean limitado, aunque sea de forma parcial, el desarrollo de su actividad en algunos de sus centros de trabajo como consecuencia de decisiones o medidas adoptadas por autoridades españolas, como pudieran ser limitaciones de aforo o de horario. De esta forma, los comercios o negocios de hostelería y restauración situados en una zona con restricciones podrán solicitar estas nuevas ayudas los próximos cuatro meses. En estos ERTE las exoneraciones para las empresas más pequeñas serán decrecientes y solo para los trabajadores afectados: del 100% en octubre, 90% en noviembre, 85% en diciembre y del 80% en enero. Con más de 50 empleados, esas exoneraciones se reducen al 90%, 80%, 75% y 70% de octubre a enero, respectivamente.