Condenado por asesinar a hachazos a su mujer en un cobertizo de Terrassa

El asesinato ocurrió el 7 de agosto de 2018, cuando el procesado, que se hallaba con la víctima en el domicilio común, la agredió con un hacha y le asestó hasta 15 golpes en la cabeza

11 marzo 2022 13:34 | Actualizado a 11 marzo 2022 13:44
Se lee en minutos
Para guardar el artículo tienes que navegar logueado/a. Puedes iniciar sesión en este enlace.
Comparte en:

La Audiencia de Barcelona ha condenado a 18 años y medio de cárcel a un hombre por asesinar a hachazos a su mujer, a la que después enterró en un cobertizo de la casa que compartían en Terrassa (Barcelona).

La sentencia condena al procesado por un delito de asesinato con alevosía, puesto que la víctima estaba desarmada y se aprovechó de su relación de confianza para atacarla, pero no así de ensañamiento, dado que el jurado popular que lo juzgó concluyó que no quiso causarle un sufrimiento innecesario pese a los quince hachazos que le asestó para matarla.

El asesinato ocurrió el 7 de agosto de 2018, cuando el procesado, que se hallaba con la víctima en el domicilio común, la agredió con un hacha y le asestó hasta 15 golpes en la cabeza y en las cervicales, tras lo que enterró su cadáver en el jardín de la casa. La Audiencia razona en la sentencia que para que concurra delito de ensañamiento en un crimen no es suficiente con que se causen "daños innecesarios" a la víctima, sino que además el autor tiene que haber buscado "deliberadamente" infligir ese sufrimiento.

En ese sentido, recuerda la sentencia que ese "plus fue rechazado de forma unánime por el jurado", al estimar que, "por especialmente violento que hubiese sido el ataque que desplegó sobre la víctima", no está probado que el procesado "hubiese buscado algo más que causarle la muerte".

Pese a la ausencia de ensañamiento, la Audiencia descarta imponer al procesado la pena mínima por el delito de asesinato, que es de 17 años y medio, teniendo en cuenta que el crimen se llevó a cabo a hachazos. A ello se añade, según la sentencia, que el acusado "ocultó el cadáver enterrándolo en un taller cobertizo situado en el patio interior de la vivienda que compartían, donde permaneció hasta que fue descubierto con una entrada y registro autorizada judicialmente más de diez meses después de los hechos enjuiciados".

La Audiencia tampoco impone la pena máxima por asesinato, que sería de 20 años, porque "las propias partes acusadoras admitieron que los hechos tuvieron lugar en el marco de una discusión entre agresor y víctima" que, añade la sentencia, "no eran inusuales entre ambos". La sentencia, que puede ser recurrida, condena también al acusado a indemnizar con 70.000 y 25.000 euros, respectivamente, a la madre y al hermano de la víctima.

Comentarios
Multimedia Diari