Las parejas de hecho de Catalunya, en riesgo de perder sus derechos

El Tribunal Constitucional analiza la norma catalana que podría dejar en desamparo a 350.000 uniones no formalizadas

28 abril 2024 20:22 | Actualizado a 28 abril 2024 21:05
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Miles de parejas de hecho en Catalunya con dos años de convivencia o hijos en común pero que no han formalizado su relación ante notario o en el Ayuntamiento podrían perder sus derechos y quedar desprotegidas si el Tribunal Constitucional tumba parte de la norma catalana, según informa La Vanguardia.

Un litigio abierto que afecta a una pareja que no había formalizado los cinco años de convivencia podría desencadenar el pronunciamiento de inconstitucionalidad. Los afectados, que son miles (se estima que en Catalunya la cifra ronda las 350.000 parejas que conviven en el mismo hogar), quedarían desamparados y dejarían de tener derecho a compensaciones o viudedad.

El vicepresidente de la Sociedad Catalana de Abogados de Familia, Ramon Quintano, explica que dos años de convivencia o un hijo en común no muestran la voluntad inequívoca de ser pareja, sino que “simplemente conviven”. Por eso avisa que, si se declara la inconstitucionalidad de estos dos supuestos, una “gran mayoría” de parejas de hecho quedarán “desamparadas”.

Los abogados hace tiempo que protestan de algunos puntos de la ley catalana de parejas de hecho. Estos supuestos dan como válida una pareja de hecho después de dos años de convivencia o con hijos en común. Con el Código Civil catalán, estas parejas tienen unos derechos parecidos a los de los matrimonios que podrían desaparecer.

Un primer aviso que una parte de la norma tambaleaba tuvo lugar el 2013, cuando el Constitucional declaró inconstitucional la ley a Navarra que daba por válida la unión estable con un año de convivencia o un hijo en común porque consideraba que era contraria en el artículo 10.1 y “que no habían demostrado la voluntad inequívoca de constituirse como parejas”, explica el abogado.

Un conflicto judicial entre dos particulares, informa TV3, por una herencia podría acabar afectando todas las parejas catalanas que nunca han formalizado su relación de manera oficial, ni en el Registro de la Generalitat ni ante un notario.

El caso arranca hace cinco años, cuando Lara y su compañero tuvieron un accidente de moto en que él murió y ella acabó ingresada a la UCI. Los dos convivían sin estar casados ni registrados como pareja de hecho.

Cuando murió el compañero de Lara -sin haber dejado testamento- la suegra quería conseguir la herencia. El juzgado, pero, nombró Lara heredera basándose en el Código Civil catalán.

El caso acabó en juicio, y Lara tuvo que acreditar una convivencia de más de dos años con su compañero, uno de los requisitos que establece el Código Civil catalán para acreditar ser una pareja estable.

El caso de Lara, ha explicado la cadena autonómica, está en manos del Tribunal Constitucional. La familia del difunto, el compañero de Lara, presentó recurso y la Audiencia de Barcelona ha preguntado al Constitucional si son anticonstitucionales los artículos del Código Civil catalán que regulan las parejas estables.

El 2013 el TC ya asumió un caso similar. Entonces se aceptó un recurso de 50 diputados de Navarra y se decretaron anticonstitucionales varios artículos de la Ley Foral Navarra que regulaba las parejas estables. Para la familia del difunto, «la Ley Foral Navarra y la catalana son idénticas».

En cambio, el abogado de Lara, Ramon Casanova, discrepa y asegura: «Hace casi 15 años que se aplica este artículo que regula las parejas de hecho en Catalunya y nunca ha habido ningún problema».

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