Ocho años de cárcel para Yusuf Galán, único español condenado por el 11-S

Tras nueve años y medio en prisión por su vinculación con Al Qaeda y los atentados de Nueva York, fue detenido en 2017 en Carabanchel después de detectarse que difundía en internet los postulados del Estado Islámico

11 mayo 2019 11:51 | Actualizado a 11 mayo 2019 11:52
Se lee en minutos
Participa:
Para guardar el artículo tienes que navegar logueado/a. Puedes iniciar sesión en este enlace.
Comparte en:

La Audiencia Nacional ha condenado a 8 años de cárcel por colaborar con el Estado Islámico (EI) y promover la yihad virtual a José Luis Galán González, conocido como Yusuf Galán, el único español miembro de la célula de Al Qaeda condenado en España por los atentados del 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos.

La Fiscalía pedía para él 13 años por integración en organización terrorista en concurso con otro de colaboración con actividades terroristas, autoadoctrinamiento y exaltación del terrorismo, si bien la Sala de lo Penal le absuelve por integración y le condena por el delito de participación en organización terrorista. Esto es porque da por probada, «sin fisuras», su adhesión a los postulados del EI, pero no ha podido dar por acreditado que engrosara sus filas «como militante y no como mero simpatizante».

El tribunal, que le define como «soldado virtual», no duda tampoco «de su labor de adoctrinamiento, mediante la divulgación masiva y directa de vídeos e imágenes relacionados con la citada organización terrorista, con contenidos de altísimo potencial captador». A esto se añade también «su admiración por las sangrientas y crueles acciones» de los miembros del EI.

Según la sentencia, «su rol de alentador de actividades terroristas se ha evidenciado, enmarcándose su conducta en el campo del terrorismo individual y urbano, al servicio» de EI, «para quien realiza actos relevantes, no neutrales (...) para adentrarse en granjear nuevos adeptos a la causa terrorista». Desde 2015, cuando su actividad en internet fue detectada y monitorizada, existe constancia de «una constante labor divulgativa de los fundamentos en los que se asienta aquella organización terrorista, encaminada a obtener la incorporación de nuevos militantes», «incitándolos a la realización de la yihad». Desde esa fecha hasta su detención, participó en una docena de grupos virtuales yihadistas como Muslim Prisioners, así como en La Llamada del Islam o Syria is Bleeding, entre otros. También mantenía contacto en Facebook, cuyo perfil tenía 2.308 seguidores, con detenidos por terrorismo yihadista, y aparece registrado en canales de comunicación del EI como la Agencia Kali Yuga, un blog escrito en castellano con noticias «del Dáesh y otros grupos yihadistas».

Recuerda la Sala que en el juicio Galán reconoció la práctica totalidad de estos hechos, pero negó que participara en la estrategia propagandística de Dáesh, sino que lo hizo «movido por un supuesto de deseo de buscar la paz entre los pueblos», en pro de «los derechos humanos».

La sentencia destaca que los contenidos que difundía incluían «propaganda a favor del EI, tales como combatientes que eran tratados como si fueran héroes o mártires; ejecuciones de infieles o traidores del mundo occidental; llamamientos a favor de la yihad; campos de entrenamiento; muyahidines y cánticos en favor de quienes practicaban la yihad violenta por la causa de Dios, mereciendo así el paraíso».

Por ello concluyen los magistrados que su conducta «se enmarcaba en una clara actividad de colaboración informática hacia el objetivo de captar adeptos a la causa terrorista de la yihad».

Galán fue detenido por estos hechos en 2017 en el distrito madrileño de Carabanchel. Se convirtió al islam en 1991 y en 2011, tras cumplir nueve años y medio encarcelado por su vinculación a la célula española de Al Qaeda desarticulada tras el 11S, salió de prisión y se afincó en Murcia. 

Comentarios
Multimedia Diari