Padres por mandato legal

19 mayo 2017 18:29 | Actualizado a 21 mayo 2017 16:49
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Se entiende por patria potestad el conjunto de derechos y deberes que tienen los padres sobre sus hijos hasta los dieciocho años. Esa función les corresponde habitualmente a ellos, a los padres. Pero cuando los progenitores incumplen esas obligaciones y dejan a sus hijos en situación de riesgo, desamparo, etc., la sociedad asume las funciones tutelares y se hace cargo de los menores. Y lo hace a través de determinadas instituciones u organismos –en nuestro caso, la DGAIA– que se convierten, por así decirlo, en padres por mandato legal. Y en el ejercicio de esa función, han de guiarse por dos faros de Alejandría: el superior interés del menor y obrar con la diligencia de un buen padre de familia.

Los medios de comunicación se han hecho eco estos días de la desarticulación de una red internacional, con centro en Tortosa, dedicada a la explotación sexual de menores y a la producción de pornografía infantil. Y las víctimas eran adolescentes de entornos desfavorecidos, muchos de ellos tutelados por la Generalitat a través de la DGAIA. La noticia ha causado alarma social por la doble vulnerabilidad de las víctimas: menores de edad en situación de riesgo. Tanto es así que el Síndic de Greuges, Rafael Ribó, ha abierto de inmediato una investigación de oficio.

¿Ha incurrido en responsabilidad la DGAIA? Yo pienso que no. Por lo que se sabe hasta el momento, los autores de tan execrable delito son terceras personas ajenas a la Administración, que han actuado extramuros al ámbito de la DGAIA. Es más, fue una de sus funcionarias quien denunció los hechos y dio lugar a la investigación policial que ha desembocado en siete detenciones. Y las que vendrán, según parece. Más de un consumidor de pornografía infantil no debe estar muy tranquilo en estos momentos. Por tanto, la DGAIA ha actuado según los protocolos y nada hay que objetar.

Cosa diferente sería si entre los autores de la explotación sexual hubiera alguna persona de la DGAIA, actuando en el ejercicio de sus funciones. Esta hipótesis podría comportar que la Generalitat fuera declarada responsable civil subsidiaria. Pero no es el caso. Por fortuna para la Administración y para los bolsillos de los ciudadanos.

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