Tú el timón y yo la brújula

El legislador ha favorecido descaradamente a las compañías de seguros

19 mayo 2017 20:36 | Actualizado a 22 mayo 2017 07:52
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Desde el uno de este mes tenemos un nuevo baremo para calcular las indemnizaciones por muerte y lesiones derivadas de accidentes de circulación. Según estimaciones del Consorcio de Compensación de Seguros, este nuevo baremo aumenta las indemnizaciones una media del 16,2%, algo que en principio debería congratularnos. Visto de lejos, da esa impresión, pero si acercamos el foco y analizamos la evolución del derecho de circulación durante los últimos veinte años, llegamos a la conclusión de que el legislador ha favorecido descaradamente a las compañías de seguros, en perjuicio de los damnificados por los accidentes.

Hasta 1995, iniciado un proceso penal por un accidente de tráfico, el juez, por su propia iniciativa, lo tramitaba hasta el final, fijaba la indemnización que creía justa y la cobraba de la aseguradora, amén, claro está, de castigar al culpable. Y el caso acababa con la entrega de un taloncito al damnificado, sin necesidad de que éste hiciera nada, salvo denunciar, si era necesario.

Pero había un poder fáctico en nuestro país, las compañías de seguros, al que no interesaba en absoluto ese statu quo. Y presionó cuanto pudo para modificarlo. Y podía mucho, a juzgar por el giro copernicano que dio a la situación, según veremos en las siguientes secuencias.

En el mismo año 1995 se aprobó la Ley 30/95, tremendamente injusta, que rayaba en la prevaricación y el cohecho. El quid de la cuestión estaba en la creación de un baremo –el que ahora se ha modificado– que unificaba los criterios y las cuantías indemnizatorias. La unificación era deseable, si se quería acabar con la situación de reinos de taifas anterior. Además, el precio del dolor debía ser el mismo en Lugo que en Almería, en el campo que en la ciudad. Nada que objetar. Lo criticable era que las indemnizaciones se unificaron drásticamente a la baja, dejándolas en cantidades ínfimas, a precios de saldo, respecto de las que concedían los jueces hasta ese momento, y de las que se daban en nuestro entorno europeo. Una caída brutal, parecida a la del primer tramo del Dragon Khan. Si las primas de seguro quedaron similares a las del norte de Europa, las indemnizaciones del baremo se asimilaron a las del Magreb, con todo el respeto para nuestros vecinos del sur. Y este baremo ha estado vigente hasta ahora.

Aquel año también entró en vigor el Código Penal de 1995, con una consecuencia relevante sobre las indemnizaciones derivadas de la circulación: la despenalización parcial del accidente de tráfico, en concreto de los accidentes con lesiones leves a las personas o daños en las cosas, los cuales dejaban de tener cabida en un proceso penal.

La tendencia despenalizadora se completó con la última reforma del Código Penal, en vigor desde julio del año pasado, que despenalizó las faltas de tráfico, es decir, la gran mayoría de los accidentes, incluso con lesiones, secuelas graves y muerte, obligando al damnificado a ir a la vía civil para reclamar. Una vía que por su coste (abogado, procurador, perito…) en muchos casos resulta antieconómica. Y en esa tesitura, el damnificado o lo deja correr o acepta, como mal menor, la indemnización ofrecida por la aseguradora, aunque sea baja.

La última vuelta de tuerca en forma de ayudita al mundo del seguro la encontramos en la ley que ha aprobado el nuevo baremo, que entró en vigor, como decíamos, el uno de este mes. Uno de sus puntos más criticables es la exigencia de reclamación a la aseguradora antes de iniciar la vía judicial. Esta obligación genera un nuevo trámite prejudicial en el que la compañía será la principal protagonista. Además, no habrá igualdad de armas: por un lado, la aseguradora, experta en ese tipo de situaciones y con todos los mecanismos en su mano (peritos, asesores…); y, por otro, el perjudicado, inexperto e inseguro, que con tal de salir del laberinto aceptará el acuerdo que le ofrezca la compañía, aunque no cubra sus expectativas.

En suma, hasta el año 1995, los damnificados por un accidente de circulación cobraban unas indemnizaciones muy superiores a las actuales y tenían la tutela del papá Estado para cobrarlas. En tanto que ahora, las indemnizaciones son inferiores y para reclamarlas hay que buscar abogado, procurador, perito y demandar por vía civil, una carga tan gravosa que en ocasiones es antieconómico pleitear.

Paralelamente, desde el 1995 hasta hoy el número de accidentes se ha reducido ostensiblemente. Mientras que en aquel año hubo 4.000 muertes en las carreteras españolas, en el 2015 fallecieron tan solo 1.126. Es decir, un 72% menos. Este descenso de la siniestralidad se debe, obviamente, a la mejora de nuestras carreteras, al incremento de la seguridad de los coches, y a las campañas de sensibilización. Y las aseguradoras se han beneficiado con la bajada porque las indemnizaciones han caído en un porcentaje similar.

Entre 1980 y 1995 numerosas aseguradoras quebraron o se disolvieron en nuestro país. ¿Alguien recuerda de alguna que haya caído en los últimos veinte años? Yo no, desde luego. Y en cambio sí que he visto en ese tiempo hundirse muchas entidades bancarias y miles de empresas. Y no han caído por el viento de popa que ese cúmulo de ventajas les ha proporcionado, que ha saneado sus cuentas de resultados. Nada es casual, todo es causal.

Pero, ¿cómo ha sido posible semejante trato de favor? Porque las compañías son un poder fáctico muy fuerte, mientras que los damnificados por un accidente no lo son todavía cuando se hace una ley, que por su irretroactividad, se aplica solo a casos futuros.

En la película El Capital, el dueño de un fondo de inversión especulativo le dice al director –Leonardo DiCaprio– una frase que me impactó: «lleva tú el timón y déjame a mí la brújula». Visto lo visto, algo parecido ha sucedido al legislar sobre indemnizaciones de los accidentes. El timón lo ha llevado el Parlamento, pero la brújula parece haber estado en manos de la patronal del seguro. Y así nos ha ido. Y así nos irá, pues no tiene traza de que se vaya a cambiar de rumbo.

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