La Agencia de la Vivienda de la Generalitat de Cataluña, mediante el envío de miles de cartas por todo el territorio catalán, está informando a las comunidades de propietarios y a todos los propietarios de inmuebles, de la obligatoriedad que tienen de hacer la Inspección Técnica de los Edificios, cuando estos tienen más de 45 años de vida, o sea, hayan sido construidos antes de 1972.
Como mucha gente sabe, y todo el mundo debería de saber, la ITE es la Inspección Técnica de Edificios, que se realiza por un técnico cualificado (arquitecto, aparejador o arquitecto técnico), mediante la redacción del correspondiente informe.
Se trata de hacer un diagnóstico del edificio para que los propietarios conozcan su estado de conservación y proceder a las obras que hay que ejecutar para tener el inmueble en condiciones, en caso de que se dictaminen deficiencias. Estas deficiencias pueden calificarse entre leves y muy graves, a criterio del técnico responsable y según sus características.
Los edificios que tienen más de 45 años de vida tienen la obligación de realizar la Inspección Técnica de los EdificiosHay que recordar, ahora y aquí, que si las deficiencias son graves o muy graves, hará falta tomar medidas cautelares de forma inmediata, sea por la propia seguridad de los ocupantes de las viviendas, por la seguridad de los peatones y por la propia estabilidad del edificio. En cualquiera otro caso, se abrirá un plazo de tiempo de unos 2 años para ejecutar las obras de reparación, previo la redacción de un Plan de Rehabilitación en el que los propietarios puedan prepararse convenientemente, tanto a nivel económico cómo logístico.
Esta campaña puesta en marcha por la Agencia de la Vivienda tiene carácter informativo y quiere impulsar la inspección de todos los edificios que se encuentren con la obligatoriedad de hacerla. La responsabilidad de pasar la ITE recae sobre la Comunidad de Propietarios, o sobre el propietario único, con la advertencia que el incumplimiento de la obligación de pasarla es una falta grave que puede comportar sanciones de 9.000 € como mínimo, todo de acuerdo con el Decreto 67/2015 y con la Ley del Derecho a la Vivienda.
Ha llegado el momento de tomarse seriamente esta cuestión, y no sólo por la posible sanción, cuando menos, por la imperiosa necesidad de mantener los edificios en correcto estado de conservación. ¿Por qué no dudamos cuando se trata de nuestro vehículo, con la conocida y aceptada ITV? Pues lo mismo tendríamos de pensar en relación a nuestras viviendas.
El incumplimiento de pasar la revisión es una falta grave con sanciones de 9.000 euros mínimoLa ITE es una herramienta imprescindible para la buena salud del parque de viviendas de cualquier población, y la conservación y rehabilitación de nuestros edificios es una tarea que hay que hacer conjuntamente entre Administración (ayuntamientos y Generalitat), agentes intermediarios del sector y los propietarios de inmuebles.
En este sentido, existen ayudas económicas, en forma de subvenciones a fondo perdido, que pueden llegar hasta el 35% del coste total de las obras de rehabilitación o del 50% de su coste cuando se trata de mejoras de accesibilidad. Hay que inculcar la cultura del mantenimiento de los edificios, como una oportunidad de mejora de la calidad de vida de los ocupantes, sean propietarios o no, al tiempo de conseguir una revalorización del propio patrimonio y el de toda la ciudad.
Desde la Cámara de la Propiedad Urbana de Tarragona queremos reforzar la campaña informativa iniciada por la Agencia de la Vivienda de Cataluña, poniéndonos a disposición de todos aquellos que quieran informarse.