Reus sanciona con 10.000€ a la propiedad del local clausurado del raval de Robuster

La Guardia Urbana lo clausuró en enero por incumplimiento de las medidas decretadas para la contención de la pandemia

19 marzo 2021 09:16 | Actualizado a 19 marzo 2021 09:42
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El Ayuntamiento de Reus ha impuesto una sanción de 10.001 euros a la propiedad del local del raval de Robuster clausurado por la Guardia Urbana el pasado 23 de enero. El Ayuntamiento ha constatado la responsabilidad de la propiedad en la comisión de una infracción muy grave, prevista en la Ley 11/2009, de 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y las actividades recreativas, por el incumplimiento en el ejercicio de la actividad autorizada, y que representa un riesgo grave para las personas. Los hechos quedan avalados por las diferentes actas levantadas por la Guardia Urbana en las diversas actuaciones realizadas en el local.

El alcalde de Reus, Carles Pellicer, afirma que "la sanción responde al compromiso de contundencia del Gobierno de Reus ante los comportamientos irresponsables que ponen en riesgo la salud de la ciudadanía y obligan a imponer medidas que perjudican la libertad de las personas y la actividad económica de muchas empresas".

El expediente municipal fundamenta la sanción en que el ejercicio de la actividad de discoteca del local se suspendió de acuerdo a la resolución del Departament de Salut de la Generalitat de 19 de agosto de 2020 por la que adoptaban medidas extraordinarias para la contención de la pandemia.

Por decreto de la concejalía de Empresa y Empleo de octubre de 2020, autorizaba la propiedad del local a "desarrollar de manera provisional la actividad de restaurante, manteniendo sin funcionamiento la actividad de discoteca" con los siguientes condicionantes: "mantener sin actividad el resto de instalaciones del establecimiento, correspondientes a la discoteca si la normativa Covid que afecta a esta actividad así lo impone y ajustar en cada momento el funcionamiento de cada una de las dos actividades a las resoluciones, instrucciones y criterios que se vayan acordando por parte de las autoridades en relación a la situación epidemiológica".

Ante el incumplimiento de los condicionantes constatado con las inspecciones de la Guardia Urbana, el Ayuntamiento ha impuesto a la propiedad una sanción de 10.001 euros como responsable de una infracción muy grave, prevista en el artículo 47.a. de la Ley 11/2009, de 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y las actividades recreativas, por el incumplimiento en el ejercicio de la actividad autorizada que representa un riesgo grave para las personas.

En paralelo a la vía administrativa abierta por el Ayuntamiento, la Guardia Urbana derivó al Departament de Salut las actas levantadas en las diferentes actuaciones realizadas en el local por incumplimiento de las medidas decretadas para la contención de la pandemia. Salud es el órgano competente para acordar si los hechos son constitutivos de infracción y objeto de sanción.

Igualmente, la Guardia Urbana instruyó diligencias judiciales por un presunto delito de desobediencia grave a la autoridad por incumplir de forma reiterada las restricciones sanitarias; que siguen su curso por la vía penal.

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