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    Ocho meses de cárcel por agredir sexualmente a una mujer en una calle de Reus

    No logró su propósito ante la resistencia de la víctima. Ha sido condenado también a una orden de alejamiento

    25 octubre 2023 20:03 | Actualizado a 26 octubre 2023 07:00
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    Ocho meses de prisión es la pena impuesta a un hombre que intentó agredir sexualmente a una mujer en pleno casco urbano de Reus. No lo logró ante el forcejeo de la víctima, que finalmente pudo huir del lugar.

    Así se recoge en la sentencia emitida por el Juzgado de lo Penal 2 de Reus y ahora confirmada íntegramente por la Sección Segunda de la Audiencia de Tarragona.

    A las 7.50 horas del 21 de enero de 2018, la víctima caminaba por la calle Jovellanos de Reus, en dirección al Passeig Sunyer, para ir a trabajar. Al llegar a la esquina con la calle Camí de Riudoms, el acusado la tocó por la espalda y le preguntó si quería mantener relaciones sexuales con él.

    El acusado negó haber preguntado a la denunciante si quería mantener relaciones

    La mujer se giró y miró a la cara al hombre, a la vez que le decía que no. Y continuó caminando. Pero el acusado la agarró por el cuello, le arañó la cara mientras la víctima trataba de soltarse, forcejeando con el hombre y pidiendo ayuda a una mujer que estaba en la calle.

    Finalmente, pudo escapar y el asaltante se marchó corriendo. Este había consumido bebidas alcohólicas que le limitaban levemente sus capacidades para entender y querer. La víctima sufrió cuatro excoriaciones en la cara y un trastorno agudo de estrés. Tardó en curarse 30 días.

    El Juzgado de lo Penal condenó al acusado como autor de un delito de agresión sexual en grado de tentativa, con la atenuante de embriaguez. Además de los ocho meses de prisión, durante dos años no podrá comunicarse ni acercarse a menos de 300 metros de la víctima. Y la tendrá que indemnizar con 4.780 euros por los daños causados.

    El acusado argumentaba su recurso de apelación en que nunca preguntó a la víctima si quería mantener relaciones sexuales y que la mujer se confundió de persona.

    La Audiencia Provincial subraya que el testimonio de la denunciante se ha visto corroborada por el informe médico de urgencias y del médico forense, «que objetiva no solo las escoriaciones, sino también un trastorno agudo por estrés».

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