Condenado un granjero por explotar a un ‘sin papeles’

Realizó jornadas de hasta 18 horas todos los días, cobrando primero 75 euros a la semana. Se hospedaba en un cuarto sin luz en una nave industrial en las que se crían los animales

10 agosto 2017 09:04 | Actualizado a 10 agosto 2017 09:18
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Un granjero de La Riera de Gaià se aprovechó de las circunstancias de un inmigrante que carecía de papeles para residir en España para explotarlo laboralmente. La víctima trabajó hasta 18 horas diarias y cobraba semanalmente 75 euros. El acusado le proporcionó como hospedaje un cuarto sin luz en una de las naves industriales en las que se crían los animales.

El Juzgado de lo Penal 1 de Tarragona condenó al empresario por un delito contra los derechos de los trabajadores a un año y medio de prisión y al pago de una multa de 750 euros –tuvo en cuenta la atenuante de dilaciones indebidas–. En cambio, lo absolvía de un delito contra los derechos de los trabajadores por omisión de medidas de seguridad e higiene y otro de lesiones. Pero la Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha rebajado la pena de prisión a 45 días –que se sustituye por una multa de 900 euros– y fija la multa en 450 euros. En concepto de responsabilidad civil indemnizará a la víctima con 2.000 euros en concepto de daño moral.

La sentencia recoge que entre el 5 de marzo de 2007 y el 25 de marzo de 2008, el acusado era el titular de la granja. Empleó a la víctima, natural de El Salvador, en calidad de obrero-ayudante para la limpieza de las naves industriales, alimentación, carga y descarga de animales y para cortar leña.

La Audiencia le ha impuesto una multa global de 1.350 euros y 2.000 de indemnización

El acusado conoció al trabajador por medio de una trabajadora social de una fundación a fin de que le proporcionara alojamiento y posibilidad de empadronamiento. Pero el procesado, sabedor de que el obrero carecía de permiso de trabajo y residencia, le permitió trabajar en su empresa sin que en ningún momento formalizara contrato de trabajo con el citado y se le diera de alta en la Seguridad Social.

Sin festivos para descansar

Según recoge la sentencia, el trabajador llegó a realizar jornadas de hasta 18 horas diarias, todos los días de la semana, sin días festivos. Tampoco le indemnizaba por horas extraordinarias. Recibía un salario «exiguo», consistente en 75 euros, y posteriormente 100 semanales.

En su recurso de apelación, el acusado aseguraba que la víctima había entrado en numerosas contradicciones en su relato y que los hechos no habían quedado demostrados. La Audiencia recuerda la sentencia del Juzgado de lo Social de Tarragona –ratificada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya– «que describe la situación y condiciones laborales existentes entre querellante y querellado». Y ello a pesar de que tres testigos negaron que el denunciante llegara a trabajar para el acusado. 

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