El coche que pasea por la orilla de L'Arrabassada de TGN

El Ayuntamiento investiga porqué un vehículo circulaba por la orilla poco antes de las 10 horas. Está prohibido por ordenanza

05 julio 2019 12:17 | Actualizado a 10 julio 2019 11:38
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Un todoterreno azul y un remolque repleto de cayacs ha pasado esta mañana de viernes por la orilla de la playa de L'Arrabasada, provocando que algunos bañistas tuvieran que retroceder en la arena, al igual que sus toallas, para que el vehículo y el remolque pudieran llegar al extremo de la playa.

La situación ha molestado temporalmente a algunos bañistas y ha llamado la curiosidad de otros, que han fotografiado el coche ante las dudas de si el vehículo podía estar o no en la arena a aquella hora de la mañana.

La imagen ha llegado al Ayuntamiento y el Diari, que también la ha recibido, ha preguntado por la presencia del coche circulando a media mañana en una playa ya atestada de bañistas.

Fuentes municipales han admitido que la presencia del coche en la playa es ilegal y que estaría infringiendo el artículo 139 de la ordenanza general de Convivencia Ciudadana. En su página 62 se describe el artículo 139 que reza lo siguiente:

Prohibición de estacionamiento y circulación de vehículos, así como de campamentos y acampadas en las playas.

  1. Está prohibido el estacionamiento y circulación de vehículos a las playas, salvo que sean expresamente autorizados por la autoridad competente en casos excepcionales debidamente justificados.
  2.  Están prohibidos los campamentos y acampadas en las playas y al resto del dominio público marítimoterrestre. Se entenderá por acampada la instalación de tiendas de campaña o de vehículos o remolques habitables, y por campamento, la acampada organizada.
  3.  Quienes vulneren las mencionadas prohibiciones tendrán que desalojar de manera inmediata, a requerimiento verbal de los agentes de la autoridad, el dominio público ocupado, sin perjuicio de las posibles sanciones que se deriven.
Según el Ayuntamiento, la imagen deja claro que se incumple un apartado del artículo 139 y por ello la Conselleria de Domini Públic del Ayuntamiento de Tarragona realizará un trámite de audiencia previa (hablar con la empresa infractora) previa a la propuesta de multar la acción ilegal.

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