TGN sólo permitirá expositores en la Part Alta y las grandes avenidas

Fuera del casco antiguo, la nueva normativa sólo los autorizará en aceras de un mínimo de 2,80 metros de ancho

19 mayo 2017 23:50 | Actualizado a 20 mayo 2017 21:43
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Con el nuevo año, Tarragona estrenará este jueves, 1 de enero, una regulación más restrictiva de los expositores comerciales en la calle. Se trata de una reivindicación largamente planteada por peatones a título individual, movimientos vecinales e incluso desde las propias asociaciones de comerciantes. Determinadas calles de la ciudad se habían vuelto prácticamente intransitables a causa de la presencia de expositores de toda clase, desde los que muestran productos turísticos hasta los de fruta, y en algunos casos obligan al transeúnte a verdaderos eslalons.

La nueva normativa, que sólo permite disponer de expositores s a cuatro tipos de establecimientos (básicamente, los de alimentación, los quioscos, los de souvenirs y las floristerías) aborda esencialmente dos aspectos de las llamadas extensiones comerciales en la vía pública: las tipología de productos permitidos y prohibidos;y cuestiones formales relativas a su colocación y dimensiones.

Y, aunque en cuanto al contenido permitido la normativa a buen seguro va a obligar a numerosos establecimientos a cambiar el material expuesto y va a obligar a otros directamente a retirar sus expositores (ver información adjunta en la página siguiente), es probable que la novedad que más cambios genere sea la de las dimensiones. Especialmente la que dicta que sólo podrá disponerse de extensiones comerciales en la vía pública en las aceras de un mínimo de 2,80 metros de ancho.

Cabe destacar que este precepto no es válido para la Part Alta, que por sus condiciones especiales y por ser mayoritariamente peatonal, dispone de una regulación específica y no se exigirá tal anchura. Pero, aun así, hay numerosas calles del resto de la ciudad donde actualmente hay expositores que no alcanzan esos 2,80 metros y donde, por tanto, a partir del 1 de enero no se podrá sacar a la calle ningún tipo de expositor.

2,80 metros de acera son un ancho relativamente excepcional, que no obstante la mayoría de las vías principales del centro de la ciuda sí cumplen:Rambla Nova, desde luego, con más de 4 metros, pero también Ramón y Cajal y Pare Palau, también con alrededor de 4 metros ambas;o Gasómetre, Enginyer Cabestany o Prat de la Riba, con unos 3 metros, por poner sólo algunos ejemplos céntricos.

 

Unió, Fortuny, Sevilla...

En general, todas las grandes avenidas y buena parte de las calles de más tránsito cumplen con ese mínimo, pero muchas otras no. La calle Unió, por ejemplo, no supera los 2,50 metros, lo que según la nueva normativa impediría cuando menos a una frutería seguir exponiendo su género en la calle, como hace ahora. Lo mismo sucedería con una frutería de la calle Sevilla (2,15 metros de ancho de acera), con otra de Fortuny (1,90 metros) o con una de Apodaca (2,05 metros). Pero de nuevo se trata de sólo algunos ejemplos de entre los muchos que con la llegada de 2015 no podrán mantener en la calle sus expositores por culpa de la estrechez de las aceras.

Más allá del ancho total de al menos 2,80 metros, la normativa establece que, por norma general, los expositores deberán instalarse en el extremo de la acera opuesto a la facha del establecimiento, por lo que quedará en medio un pasillo central para los peatones. Se prohíben, por lo general, los expositores adosados a las fachadas, excepto en la Part Alta, donde la regulación particular de ese sector sí los permite, y también en casos puntuales, como aquellos en los que la fachada del edificio sobresalga en algún punto y, por lo tanto, la instalación de expositores no suponga una dificultad añadida al paso de los transeúntes.

Aunque no será tan traumática como la del ancho mínimo de la acera, esta norma también obligará a numerosos establecimientos –sobre todo fruterías– a cambiar la disposición actual de sus expositores:a día de hoy todavía abundan los que los ubican pegados a la fachada, a un lado y otro de la entrada del local, si bien otros muchos ya se han adaptado de antemano a la nueva normativa y los tienen instalados desde hace algunas semanas en el extremo opuesto de la acera.

 

Multas de hasta 400 euros

El decreto que entrará en vigor el 1 de enero, que prevé sanciones de hasta 400 euros en caso de incumplimiento –además de la retirada del permiso–, obliga a que el pasillo central entre fachada y expositores sea de al menos 1,50 metros, y se obliga también a que entre los expositores y la calzada queden al menos 40 centímetros. Y eso en los casos en que esté prohibido aparcar. Si en ese punto de la calzada se puede aparcar, la distancia debe ampliarse «hasta permitir que los ocupantes puedan entrar y salir del vehículo».

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