Un restaurante podría volver al Fortí de la Reina

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya dicta que el Ayuntamiento no deberá indemnizar al propietario

19 mayo 2017 16:30 | Actualizado a 21 mayo 2017 14:33
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La historia podría repetirse. El alcalde de Tarragona, Josep Fèlix Ballesteros (PSC), aseguró ayer que vería con buenos ojos que el monumento del Fortí de la Reina volviera a acoger un restaurante en su interior. El máximo representante municipal recordó que el nuevo Pla d’Ordenació Urbanística Municipal (POUM) «permite que haya actividad económica en los bienes patrimoniales», siempre que estos «no sean el uso principal y no ocasione ningún daño al monumento».

Ballesteros expresó que, en el pasado, «fui parte del 99% de la población que no quería que el restaurante desapareciera», y aseguró que «oficialmente, el propietario no ha presentado ningún proyecto, pero nos consta que se está trabajando para que vuelva a tener actividad en su interior».

Catà pedía 18 millones

Ballesteros realizó estas manifestaciones tras anunciar que el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha desestimado definitivamente la petición del propietario del Fortí de la Reina, Enric Catà, en la que solicitaba a la corporación local una indemnización de 18 millones de euros por el cierre del restaurante que, entre 1994 y 2009, estuvo en activo en la Punta del Miracle. De esta forma se pone el punto y final definitivo a una polémica que se ha alargado durante un cuarto de siglo.

El alcalde de Tarragona se mostró «satisfecho» con la interlocutoria, ya que «se ha demostrado que el Ayuntamiento ha defendido bien los intereses de la ciudad». El máximo representante municipal destacó que «fue muy duro llegar a la alcaldía y tener que ordenar el derribo».

En la sentencia, el alto tribunal no entra a valorar el fondo de las argumentaciones expuestas por la propiedad del Fortí, sino que sostiene la tesis expresada en abril de 2013 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Tarragona de que la reclamación de Catà había prescrito.

La batalla judicial se centró en el periodo en el que debe empezar a contarse el plazo para computar la prescripción. En la sentencia de abril de 2013 la juez indicó que se había sobrepasado el plazo máximo para que el dueño del monumento pudiera presentar la demanda. Según la juez, el propietario del Fortí debería haber reclamado los daños a la administración municipal, «como mucho, un año después de que hubiera sentencia definitiva». En este sentido, la magistrada sostuvo que el límite para ir a los juzgados finalizaba el 29 de junio de 2008, justo 365 días después de que la Generalitat autorizara el primer Expediente de Regulación de Empleo (ERE) a la empresa gestora del establecimiento, mientras que la demanda del titular del Fortí entró en el juzgado el 4 de marzo de 2009.

«De estas resoluciones resulta claramente que la apelante conocía perfectamente en 2007 el alcance de los perjuicios que para ella suponía la anulación de la licencia de obras con el consiguiente derribo, pues cesó la actividad de restauración demostrando que conocía la necesidad de poner término a su actividad», indica ahora el TSJC para cerrar definitivamente la causa más polémica de la historia reciente de la ciudad.

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