Una familia, procesada por desvalijar a una mujer de TGN con síndrome de Diógenes

El fiscal les acusa de acoger a la víctima en su casa y apoderarse del dinero -más de 1,7 millones de euros- de la venta de sus fincas

19 mayo 2017 20:29 | Actualizado a 22 mayo 2017 07:55
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Un hombre y sus tres hijos se enfrentan a penas de entre cuatro y cinco años de prisión acusados de haberse apropiado indebidamente de la fortuna –en efectivo y en fincas– que tenía una anciana y que ascendía a más de 1.700.000 euros. La mujer, ya fallecida, vivía inicialmente sola en su domicilio de la calle Unió. Sin embargo, después de ser detectado que sufría el síndrome de Diógenes, pasó a residir en la casa de los procesados, que supuestamente se hicieron con las propiedades inmobiliarias de la mujer. Además de la pena de prisión, el fiscal solicita que se invalide el testamento notarial, que declaraba como heredero universal al principal inculpado. Se tendrá que determinar quiénes son sus herederos. Por ahora, un sobrino está personado en la causa como acusación particular.

¿Acogieron desinteresadamente a una persona mayor con las facultades mentales afectadas o sencillamente se aprovecharon de las mismas para hacerse con todo su dinero y sus propiedades? Esa es la cuestión que tendrá que determinar la Audiencia Provincial de Tarragona. En el banquillo de los acusados se sentarán un hombre y sus tres hijos –inicialmente también estuvo imputada la esposa, aunque la Fiscalía retiró la acusación–. Los cuatro están acusados de un delito de estafa.

 

De desaparición a estafa

El asunto se comenzó a investigar a mediados de agosto de 2005 a raíz de la denuncia presentada por un sobrino de la víctima sobre la desaparición de Ramona Tresserra Boldú –que después derivó en un una posible estafa–, una mujer que vivía en el número 39 de la calle Unió. A raíz del escrito presentado el 4 de octubre del mismo año, el Juzgado de Instrucción número 1 de Tarragona abrió diligencias previas.

Mientras se estaba investigando el asunto, la mujer falleció el 30 de enero de 2008 a la edad de 82 años. Al día siguiente, a las tres y media de la tarde, se realizaron unas exequias en el Tanatori Municipal.

Después de nueve años de indagaciones, finalmente el magistrado dictó el 11 de junio de 2014 el auto de apertura de procedimiento abreviado, que cerraba la investigación del asunto. Durante este tiempo se interrogó tanto a los acusados como a los testigos –uno de ellos, policía nacional– e incluso a la propia Ramona Tresserra, a la que un médico forense le hizo un informe pericial sobre su estado mental.

El magistrado Joaquín Elías Gadea, en su auto, recordaba que de las diligencias instructoras practicadas y especialmente de la documental y de las declaraciones, tanto judiciales como las consignadas en el atestado, se desprende la existencia de indicios racionales de criminalidad que permiten imputar a Joaquín G.L. Éste, según el magistrado, habría realizado disposiciones en efectivo y reintegros de las cuentas que la mujer tenía –él disponía de las mismas– en dos entidades de crédito por valor de 513.178,26 euros entre los ejercicios 2004 y 2008.

 

La acusación de la Fiscalía

La Fiscalía Provincial de Tarragona ha presentado el escrito de acusación contra Joaquín G.L. y contra sus hijos Helena G.F., Iñaki G.F. e Inmaculada G.F. El primero se enfrenta a cinco años de cárcel y multa de 3.600 euros y los segundos, a cuatro años y multa de 3.000 euros. En materia de responsabilidad civil se interesa la declaración de nulidad del testamento otorgado por Ramona Tresserra en fecha 27 de julio de 2005 y que por parte de los acusados conjunta y solidariamente así como por parte de la madre se proceda a reintegrar a la herencia yacente para su posterior transmisión a quien acredite las condiciones de heredero –que inicialmente sería su sobrino– de los bienes propiedad de la Sra. Tresserra no transmitidos a terceros de buena fe y, en este último caso, los importes ingresados como consecuencia de dichas transmisiones en las cuantías que se determinen en fase de ejecución de sentencia.

El escrito de acusación de la Fiscalía sostiene que el principal acusado y sus tres hijos actuaron de manera concertada para «despatrimonizar» a Ramona Tresserra. Para ello, señala, se aprovecharon de su situación de soledad y desvalimiento tanto emocional –por cuanto carecía de familiares directos– como psíquico, al encontrarse inmersa en un proceso de deterioro cognitivo moderado irreversible, por lo que no tenía las capacidades psíquicas suficientes para la realización de negocios jurídicos ni capacidad para la toma de decisiones con trascendencia jurídica. Los acusados, señala el Ministerio Público, pusieron en marcha un entramado en su propio beneficio e interés.

 

Cambio de domicilio

A principios de 2004 Ramona Tresserra abandonó su domicilio situado en el número 39 de calle Unió de Tarragona y se fue a residir a la casa familiar de los acusados. La mujer otorgó un poder general amplio a favor del acusado Joaquín G.L., al que nombró su tutor ante notario el 29 de enero de 2004.

El 20 de febrero de 2004 se constituyó, mediante escritura notarial, la sociedad Bens Patrimonial Tarragona SL. El objeto social era la realización de todo tipo y clase de operaciones inmobiliarias sobre bienes inmuebles, fincas rústicas o urbanas. El capital social era de 3.100 euros, de los cuales 3.000 fueron aportados por la mujer –que adquirió un 96,77% de las participaciones sociales– y 100 por el principal acusado –que se quedó con el 3,23%–. Éste fue nombrado administrador único de la sociedad el 27 de abril y el 4 de setiembre su hijo Iñaki se convirtió en apoderado.

El 31 de mayo de 2004, el acusado, actuando en nombre y representación de Ramona, aportó a la sociedad Bens Patrimonial Tarragona SL diversos bienes de la mujer como ampliación de capital. En la lista estaba la finca situada en el número 39 de la calle Unió de Tarragona –donde había vivido la mujer– valorada en 909.103 euros. También se encontraban otras dos ubicadas en el núcleo urbano de Tàrrega, una en la calle Agoders de Tàrrega por valor de 89.179 euros –la cual fue posteriormente objeto de venta por parte del acusado, el 23 de febrero de 2005 por importe de 211.327,05 euros–, y finalmente una de la calle Governador Padules, aportada a la sociedad por un valor de 224.961 euros y posteriormente vendida el 6 de abril de 2006 por importe de 346.000,50 euros.

El mismo día 31 de mayo se procedió mediante escritura notarial por parte de Ramona Tresserra a la transmisión del 33,33 por ciento de sus participaciones en Bens Patrimonial Tarragona SL a la mercantil Tarragona de Inversiones SA, sociedad creada el 9 de agosto de 2013 y administrada por el acusado y participada por él mismo, su cónyuge y el resto de los acusados por valor de 408.747 euros. Fue la acusada Inmaculada G.F. la que se obligó al pago de la compra de estas participaciones a Ramona Tresserra, «sin que se haya realizado dicho pago».

El 1 de julio se repitió la transmisión del mismo número de participaciones y por el mismo importe, actuando como prestamista la otra acusada, Helena G.F. Lo mismo pasó el 4 de octubre con el 33,3 por ciento de las acciones restantes, en este caso figurando como prestamista Iñaki G.F. De esta forma, Ramona perdió todas su participaciones en el capital social de la mercantil Bens Patrimonial Tarragona SL, de modo que dicha sociedad estaba en manos de Tarragona de Inversiones SA –de la que tampoco formaba parte Ramona– en un 99,99 por ciento, mientras que el 0,01 por ciento restante lo tenía el imputado Joaquín G.L.

Ramona Tresserra, el 27 de julio de 2005, otorgó testamento notarial, el cual instituyó al acusado Joaquín G.L. como heredero universal. A partir de este momento, el procesado, según la Fiscalía, vendió 16 fincas –algunas previa su agrupación– que la mujer tenía en el término municipal de La Fuliola (Lleida) por un importe total de 330.556,65 euros.

 

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