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    Multa por difundir un vídeo de una menor en L’Espluga de Francolí

    La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto 5.000 euros al Casal de esta localidad de La Conca de Barberà

    31 enero 2023 12:33 | Actualizado a 31 enero 2023 12:42
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    La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto al Casal de l’Espluga de Francolí (Conca de Barberà) una multa de 5.000 euros por haber colgado vídeos de una menor sin consentimiento de los progenitores, aunque finalmente la entidad ha pagado solo 3.000 euros.

    Según consta en la resolución, la madre de la menor, que considera que este contenido «atenta contra la honra y la reputación de la niña», interpuso la reclamación el pasado mas de mayo por un video publicado por el Casal en Instagram y en Facebook.

    El video compartido por el casal catalán muestra la niña jugando un partido con otros menores y ha sido usado para mostrar disconformidad con una decisión arbitral.

    La AEPD, que admitió la reclamación a trámite el agosto pasado, ha dado la razón a la madre al considerar que «no consta acreditada ninguna base de legitimación para el tratamiento de los datos de la hija menor».

    La entidad de protección de datos propuso inicialmente 5.000 euros de multa, aunque el Casal ha acabado para pagar únicamente 3.000 euros. La propia resolución preveía una rebaja en caso de que la parte reclamada reconociera su responsabilidad dentro del plazo fijado para las alegaciones e hiciera un pago voluntario de la cantidad referida.

    La infracción atribuida a la reclamada se encuentra tipificada dentro del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que considera que saltarse «los principios básicos para el tratamiento» es sancionable.

    La norma prevé multas administrativas de hasta 20 millones de euros como máximo o, en el caso de una empresa, de una cuantía equivalente al 4% como máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior, optándose por la de mayor cuantía.

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