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    Así repercuten las ayudas del Plan Moves en el IRPF

    España es uno de los pocos países europeos en los que tributan a Hacienda.

    28 enero 2023 15:16 | Actualizado a 28 enero 2023 15:16
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    España es uno de los pocos países de Europa en el que los conductores que decidan comprar un coche eléctrico o híbrido enchufable con las ayudas económicas del Plan Moves III lanzado por el Gobierno, tendrán la obligación de tributarlas en la declaración anual de la renta y en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

    Esto es así porque Hacienda considera a este tipo de ayudas a la financiación como “Ganancias Patrimoniales”, así como también ocurre con las subvenciones, de ahí que tengan que quedar grabadas en la base imponible general.

    LOS DESCUENTOS DE LOS CONCESIONARIOS Y FABRICANTES NO TRIBUTAN

    Es importante indicar que los descuentos que llevan a cabo los concesionarios y los fabricantes de automóviles están exentos de tributación, ya que se tratan simplemente de rebajas comerciales. En este caso, el usuario no tendrá que preocuparse por devolverlos a las arcas del Estado.

    CUÁNTO SE PAGA A HACIENDA POR BENEFICIARSE DE LAS AYUDAS DEL PLAN MOVES III

    La cuantía exacta que el contribuyente ha de asumir depende de varios factores: el importe recibido para poder acometer la compra del vehículo, el tipo impositivo que le corresponde en base a su nivel de ingresos y la base general del impuesto.

    Lo más habitual es pagar entre el 20 y el 30 % de la ayuda recibida, tal y como aseguran desde el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). En cualquier caso, los tramos de ingresos establecidos por la autoridad fiscal son los siguientes:

    Hasta 19.450 €: al conductor le corresponde devolver el 19 % de la ayuda.Hasta 20.200 €: en ese caso tendría que devolver el 24 %.Hasta 35.200 €: supone la devolución del 30 %.Hasta 60.000 €: implica la obligación de devolver el 37 %.Hasta 300.000 €: se traduce en el retorno del 45 %.Más de 300.000 €: el contribuyente tendrá que desembolsar el 47 %.

    Teniendo en cuenta esto, quien reciba la máxima cantidad disponible para estas ayudas (7.000 €), tendrá que devolver entre unos 1.330 € y 3.290 €, dependiendo del nivel de ingresos que certifique. No obstante, si la declaración sale a pagar, el contribuyente podrá aplazar la devolución o fraccionarla para su mayor comodidad.

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