La UE dice que Junqueras debió ser eurodiputado

El abogado general sostiene que tenía inmunidad hasta la condena de la sentencia

13 noviembre 2019 08:50 | Actualizado a 13 noviembre 2019 09:58
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Un eurodiputado lo es desde el mismo momento en que sale elegido en las urnas sin necesidad de cumplir con requisitos formales posteriores. Dicho de otro modo, que el líder de ERC Oriol Junqueras tenía la prerrogativa de la inmunidad como europarlamentario desde las elecciones europeas del 26 de mayo pese a no recoger su acta ante la Junta Electoral Central ni acatar la Constitución, como exige la legislación española. No lo hizo por encontrarse en prisión preventiva a la espera de la sentencia del ‘procés’. Esa es la tesis que defiende el abogado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Maciej Szpunar. Una opinión que no es vinculante pero que sí suele marcar el sentido de las sentencias.

En este caso, la justicia europea daría un serio varapalo al Tribunal Supremo, que fue el que pidió a Luxemburgo que aclarase el alcance de la inmunidad de Junqueras. Además, otorgaría al independentismo un triunfo internacional. En la práctica, la opinión de Szpunar se refiere únicamente a la situación de Junqueras antes de que fuera condenado a trece años de prisión en sentencia firme por los delitos de sedición y malversación. Además, el fallo le inhabilita para ejercer cargos públicos y, en consecuencia, invalida automáticamente su condición como eurodiputado.

Salvavidas para Toni Comín

Pero la idea de que la adquisición del mandato parlamentario de los diputados europeos «resulta únicamente del voto de los electores y no puede estar supeditada al ulterior cumplimiento de formalidad alguna» puede suponer en la práctica un salvavidas para los políticos huidos en Bélgica Carles Puigdemont y Toni Comín ya que también fueron elegidos eurodiputados. El futuro fallo sentará precedente.

Sus abogados esgrimen la inmunidad parlamentaria como uno de los principales argumentos para neutralizar las euroórdenes de arresto y entrega que pesan sobre ellos. «Oriol debería estar sentado en el Parlamento Europeo como Comín y yo mismo porque así lo votaron más de dos millones de personas», aseguraba ayer el expresidente catalán tras conocerse el posicionamiento del letrado de la UE.

Szpunar asume la mayoría de las ideas que la defensa de Junqueras expuso durante la vista oral celebrado el 14 de octubre (el mismo día que se hizo pública la sentencia del ‘procés’). Son diametralmente opuestas a las defendidas en la sala no solo por el Tribunal Supremo, sino también por la Comisión Europea y los servicios jurídicos de la propia Eurocámara, que supeditaban el estatus especial a la recogida del acta. La inmunidad, coincide el letrado, iba adherida al cargo y sería efectiva desde el mismo momento en que tuvo lugar la sesión constitutiva de la Cámara (celebrada del 2 al 4 de julio).

En este sentido, en su escrito de conclusiones de 27 folios, reprocha a las autoridades españolas que no cumplieran con el protocolo de inmunidades y privilegios de la UE que «están obligadas a abstenerse de adoptar cualquier medida que pueda obstaculizar los trámites del miembro del Parlamento necesarios para asumir efectivamente sus funciones y a suspender las medidas que ya estén en curso, salvo que hayan obtenido la suspensión de la inmunidad por el Parlamento». En ese momento Junqueras estaba siendo juzgado por el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.

Pero también afea el silencio de la Eurocámara, que no emitiera entonces informe sobre si la inmunidad de Junqueras debía mantenerse o anularse. «Desde el momento en que el derecho nacional de un Estado miembro reconoce la inmunidad a los miembros del Parlamento nacional, el artículo 9 del protocolo debe interpretarse en el sentido de que corresponde al Parlamento Europeo pronunciarse sobre la oportunidad de suspender o mantener la inmunidad de uno de sus miembros».

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