Absuelto un hombre acusado del timo de los billetes tintados

Los jueces dicen que no quedó probado que él formara parte del grupo de estafadores

15 octubre 2017 15:24 | Actualizado a 15 octubre 2017 15:26
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Un ciudadano senegalés que se enfrentaba a cinco años de prisión acusado de formar parte de un grupo que estafó 50.000 euros a dos personas en La Canonja mediante del timo de los billetes tintados ha sido finalmente absuelto por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Tarragona. Los tres magistrados, en la sentencia, no niegan los hechos juzgados pero sí la autoría. En este sentido, apuntan que no ha quedado probado que el acusado formara parte de la banda que realizó la estafa. El fiscal pedía para el procesado cinco años de prisión por un delito de estafa agravada. Además, solicitaba que en caso de condena fuera expulsado de España, país al que no podría volver como mínimo en un plazo de seis años.

Entre los meses de agosto y septiembre del año 2012, cuatro personas –que no han sido identificadas– acudieron a un establecimiento situado en la antigua carretera N-340, en La Canonja. Se hicieron pasar por empresarios de Angola y aparentando solvencia. Mostraron interés en la adquisición de gran cantidad de mobiliario.

En el curso de una de las varias visitas realizadas al establecimiento, el grupo hizo creer a los propietarios de la tienda de que disponían de dinero en efectivo suficiente para realizar la operación, pero que era dinero que habían traído de forma camuflada desde su país. Explicaron que se trataba de unos billetes tintados de negro para no ser detectados en la aduana, si bien mediante un proceso de lavado –que consistía en mezclar los billetes tintados con unos líquidos y con billetes de curso legal– se transformaban todos en dinero de curso legal.

Billetes lavados

La banda hizo entrega a la dueña de la tienda de los billetes lavados para que ella misma fuera al banco y pudiera comprobar que todos eran de curso legal, lo que en efecto hizo ella y en donde le dijeron que eran auténticos. 

A la vista del éxito de la operación, los dueños del establecimiento proporcionaron a los estafadores diversas cantidades de dinero de curso legal para realizar la operación de conversión y obtener de esa manera más ganancias al prometerles estas personas que recuperarían los billetes entregados y un tanto por ciento más de los que les entregaran, haciéndoles creer que los billetes tintados y los aportados por ellos de curso legal quedaban formando un paquete hasta que se limpiaran los billetes tintados. En la tienda les dieron un paquete que supuestamente contenía los billetes de curso legal entregados y los billetes tintados para ser tratados con los líquidos especiales. 

En los días sucesivos, la banda pidió a los dueños de la tienda diversas cantidades de dinero que, según ellos, eran para la compra necesaria de productos para la limpieza del dinero. De esta manera consiguieron que los perjudicados les dieran entre 45.000 y 50.000 euros, dinero que no ha sido recuperado. Los afectados descubrieron, una vez abierto el paquete que les dejaron, que el mismo contenía sólo papeles.
Reconocimiento fotográfico

Durante el juicio, la denunciante no reconoció el reconocimiento fotográfico que hizo en su día del estafador. El otro perjudicado no reconoció al acusado como la persona a la que le habían entregado el dinero estafado. La única prueba acusatoria eran los reconocimientos fotográficos hechos en su día ante la Policía. Ante la falta de prueba, los magistrados absolvieron al acusado.

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