Catalunya prorroga las restricciones hasta el 12 de julio

La nueva resolución recomienda a las empresas la reincorporación al trabajo presencial

02 julio 2021 11:05 | Actualizado a 02 julio 2021 11:26
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El Govern ha aprobado, en el marco del Procicat, la prórroga del grosor de las medidas de contención ante la Covid-19. Las medidas entrarán en vigor lunes 5 de julio y tendrán vigencia hasta el 12 de julio.

La nueva resolución recomienda a los titulares de los centros de trabajo, públicos y privados, que adopten medidas para la reincorporación progresiva de forma presencial a los puestos de trabajo y que fomenten el uso del teletrabajo cuando, por la naturaleza de la actividad laboral, sea posible. Cae, pues, la obligatoriedad de limitar la movilidad laboral, que estaba ya exceptuada en los casos en que la por la naturaleza de la actividad fuera imposible desarrollarla a distancia.

Por otro lado, se elimina la referencia a las medidas que pudiera determinar el Consejo Superior de Deportes para la Liga de Fútbol Profesional y la Liga ACB de baloncesto, en cumplimiento de la normativa estatal. Ahora, el desarrollo de todas las competiciones deportivas en Catalunya se tiene que realizar de acuerdo con lo que prevé el Plan de acción para el desconfinamento deportivo de Catalunya, sujeto a las medidas previstas en la resolución vigente y que se prorrogan en su totalidad. Esto quiere decir:

  • Instalaciones y equipaciones deportivas de interior y exterior: aforo del 70%. Actividades grupales en espacios cerrados se tienen que realizar con mascarilla, excepto piscinas, y solo con aforo al 50% en instalaciones sin condiciones de ventilación reforzada. Se permite el uso de vestuarios. Se sustituye la cita previa por un control de acceso que permita controlar el aforo establecido y la trazabilidad de contactos.
  • Competiciones: permitidas las categorías internacionales, profesionales, estatales y competiciones que dan acceso, además de las ligas regulares de cualquier edad. En estas competiciones está permitida la presencia de público con la limitación del 70% con un número máximo de 3.000 personas.
  • Las competiciones deportivas que se desarrollen en todo momento al aire libre en instalaciones o equipaciones que tengan un aforo autorizado superior a 15.000 personas, podrán tener un número máximo de asistentes del 20% del aforo si se establecen flujos de acceso, baños y zonas de restauración independientes, y con un máximo de 3.000 personas en asientos preasignados. 

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