Ayudas para autónomos y microempresas con hasta cinco trabajadores asalariados

Empresa i Treball abre la convocatoria del programa ‘Ocupació + Transformació’, que otorga ayudas de 5.000 euros cuando haya entre 1 y 5 personas asalariadas

11 julio 2022 10:27 | Actualizado a 11 julio 2022 10:29
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El Departament d’Empresa i Treball abrió esta semana el plazo de solicitud del nuevo programa de ayudas ‘Ocupació + Transformació’, dirigido a personas trabajadoras autónomas, microempresas y cooperativas con el objetivo de ofrecerles apoyo para el mantenimiento del empleo -con la compensación de una parte de los costes salariales- y facilitar su digitalización o transición hacia la economía verde.

Las solicitudes se pueden presentar hasta el día 27 de julio a las 15 horas, solo a través de uno de estos dos canales: canalempresa.gencat.cat o tramits.gencat.cat.

El presupuesto total que se destina a este programa, financiado con fondos MRR (REACT-EU), es de 45,5 millones de euros, divididos en dos convocatorias. La primera de ellas, abierta el pasado 6 de julio y dotada con 38,5 millones de euros, es la que vence este próximo 27 de julio; mientras que la segunda, dotada con los 7 millones de euros restantes, se abrirá en el año 2023.

Se trata del mayor programa de ayudas directas dirigido a personas trabajadoras autónomas y microempresas que ha hecho el Departament d’Empresa i Treball hasta el momento, a excepción de las que se concedieron durante los años 2020 y 2021 para paliar los efectos económicos provocados por la Covid-19, cuando se alcanzaron los 665,5 millones de euros.

Ayudas de 5.000 euros

El programa ‘Ocupació + Transformació’ ofrece una ayuda de 5.000 euros a autónomos, microempresas y cooperativas que tengan entre 1 y 5 personas trabajadoras asalariadas (o socias trabajadoras) con el compromiso de mantener todos los puestos de trabajo durante un mínimo de seis meses desde la solicitud de la subvención.

Además, la entidad deberá llevar a cabo en el plazo de seis meses desde la recepción de la ayuda una actuación formativa que facilite la transición de su actividad productiva hacia la economía verde o la economía digital.

Pueden solicitar la ayuda de este programa las personas trabajadoras autónomas y las microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica (incluidas las comunidades de bienes, las asociaciones y fundaciones con actividad económica), que tengan entre 1 y 5 personas trabajadoras asalariadas en el momento de solicitar la ayuda, que dispongan de al menos un centro de trabajo en Catalunya y cuyo volumen de negocio anual del año 2020 no sea superior a los 2 millones de euros.

De igual manera, pueden optar a las ayudas vehiculadas a través del programa ‘Ocupació + Transformació’ las cooperativas y las sociedades laborales que tengan hasta 5 socios trabajadores en el momento de solicitar la ayuda, que dispongan de al menos un centro de trabajo en Catalunya y cuyo volumen de negocio anual durante el año 2020 no sea superior a los 2 millones de euros.

En el caso de las cooperativas, deben haber optado por la modalidad de asimilados a personas trabajadoras por cuenta ajena, a efectos de la Seguridad Social. En todos los casos, la fecha de inicio de la actividad deberá ser anterior o igual al 1 de diciembre de 2020.

Mantenimiento de la ocupación

Por parte de las entidades beneficiarias de estas ayudas, este programa les obliga a comprometerse con el mantenimiento de la ocupación de todas las personas trabajadoras asalariadas en el centro o centros de trabajo ubicados en Catalunya durante un período mínimo de seis meses desde el momento en que se solicita la ayuda.

En el caso de las cooperativas o sociedades laborales, deben mantener durante el mismo plazo todas las personas socias trabajadoras que estén en alta en el centro o centros de trabajo ubicados en Catalunya, a contar desde el día en que solicitan la ayuda.

Por último, la persona física o jurídica beneficiaria debe llevar a cabo una actuación que contribuya a la transición de su actividad hacia una economía verde o que contribuya a su transformación digital, en función de la línea de ayuda solicitada, que deberá realizarse en el plazo de 6 meses a contar desde el día siguiente de la notificación de la concesión de la ayuda.

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